Cualquier distinción, exclusión, o preferencia basada en motivos de raza, color, sexo, religión opinión política, ascendencia nacional u origen social que tenga por efecto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo y la ocupación.
Acoso:
El acoso y la presión (también conocidos como intimidación u hostigamiento) en el lugar de trabajo pueden tener lugar en forma de diversos comportamientos ofensivos. Se caracterizan por los ataques perjudiciales persistentes de carácter físico o psicológico, normalmente impredecible, irracional e injusto, a una persona o a un grupo de personas trabajadoras. El acoso sexual es una forma de hostigamiento.
- Mujeres y grupos minoritarios no son tratados de la misma manera.
- Exigir exámenes de embarazo antes de contratar a mujeres o antes de promover a mujeres en el empleo.
- Exámenes de VIH/SIDA antes de contratar a una persona o durante la relación laboral.
- Personas mayores de cierta edad no son contratados o promovidos.
- Personas de ciertas razas, religiones o características no son contratados o promovidos.
- Anuncios de ofertas laborales especifican la edad, raza, género o país de origen del contratante.
- No contratación de personas con discapacidades.
- Despedir a trabajadoras embarazadas o en el periodo de lactancia.
- Reducción del salario a las personas que regresan de su descanso post parto.
- En caso de tener empleados penitenciarios, brindar un trato distinto al resto de personas trabajadoras.
- Pago de salarios diferentes a personas por realizar labores similares bajo las mismas condiciones.
Ver recomendaciones prácticas